Conducir siendo sordo es posible
Es una pregunta habitual entre los pacientes con sorderas profundas o totales que aparecen en la consulta y la respuesta es sencilla.
Los sordos pueden conducir
Según el reglamento general de circulación los sordos puede conducir.
Dependiendo el nivel de la sordera se podrá obtener el permiso de circulación ordinario o se deberá optar a un permiso de conducir extraordinario el cual implica que el vehículo deberá estar adaptado.
Para valorar el nivel de pérdida auditiva del conductor se realizará una audiometría tonal los resultados con menos de una pérdida combinada entre los dos oídos del 45% podrán optar al permiso ordinario, es decir, sin restricciones.
Aquellas personas que tengan una pérdida combinada entre los dos oídos superior al 45% solo podrán optar al permiso extraordinario y tendrán algunas limitaciones.
Es importante remarcar que la prueba se puede realizar con audífonos. La siguiente tabla resume los requisitos para la prueba auditiva.
Grupo 1. Permiso ordinario | Grupo 2. Permiso ordinario. | Grupo 1 Permiso Extraordinario. | Grupo 2 Permiso Extraordinario | |
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Agudeza Auditiva | Las hipoacusias, con o sin audífono, de más del 45 por 100 de pérdida combinada entre los dos oídos obtenidos el índice de esta pérdida realizando audiometría tonal, impiden la obtención o prórroga del permiso o licencia. | Las hipoacusias, con o sin audífono, de más del 45 por 100 de pérdida combinada entre los dos oídos obtenidos el índice de esta pérdida realizando audiometría tonal, impiden la obtención o prórroga del permiso o licencia. | Los afectados de hipoacusia con pérdida combinada de más del 45 por 100 (con o sin audífono) deberán llevar espejo retrovisor exterior a ambos lados del vehículo e interior panorámico. | No se admite. |
Restricciones para los conductores sordos
El permiso de conducción extraordinario para personas con sordera conlleva una serie de limitaciones para la persona y para el vehículo.
La personas estará limitada a la conducción de vehículos del grupo 1 que incluyes los coches y las motocicletas pero las personas con sordera no podrán conducir vehículos del grupo 2 donde están los vehículos de gran tamaño como camiones o autobuses.
La siguiente tabla resume los vehículos que están permitidos conducir por una persona con sordera.
Clases de permisos | Descripción |
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AM | Ciclomotores |
A1 | Motocicletas potencia máx. 11 kW o triciclos hasta 15 kW. |
A2 | Motocicletas potencia máx. 32 kW. |
A | Motocicletas de cualquier tipo. |
B | Automóviles |
B + E | Conjunto de vehículos del grupo B y remolque hasta 3.500 Kg. |
La siguiente tabla resume los vehículos que no pueden ser conducidos por sordos:
Clase de permiso | Descripción |
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C1 | Automóviles hasta 7500 Kg |
C | Cualquier peso de automóvil con menos de 9 plazas. |
D1 | Vehículos con pasaremos y entre 9 y 17 plazas. |
D | Vehículos sin límite de plazas. |
+E | Todas las clases de permisos tiene su variante con remolque que tampoco están permitidos para conductores sordos. |
Como debe ser el vehículo para sordos
Si conduces con sordera tu coche deberá estar adaptado con dos modificaciones que estarán reflejadas en tu carnet de conducir:
- 42.02 Dos retrovisores exteriores.
- 42.04 Retrovisor interior panorámico .
La primera condición de tener dos retrovisores exteriores a día de hoy la cumplen todos los vehículos de serie.
Respecto a la segunda opción, está regida por la Directiva Europea 2003/97/CE, en esta normativa no se especifica un tamaño determinado para el retrovisor sino unos mínimos de visión cubierta.
Siguiendo esta normativa te recomendamos dos opciones de retrovisores que cumpliran esta función, esta primera opción es este retrovisor panorámico que se cuelga de tu retrovisor actual mientras que la segunda tiene es un retrovisor interior panorámico con ventosa que se colgará directamente del cristal.
Recuerda que las sanciones por conducir sin estas modificaciones pueden ser de más de 300€.
Buenos días. Soy Juan José Mota y tengo una duda, tengo pérdidas de audición de nacimiento y quería sacarme el carnet C y más o menos tengo pérdidas del 40% en los dos. Mi pregunta es si puedo sacármelo. Gracias
Hola Juan,
en principio estarías dentro de la norma, perdida binaurales mayores del 45%, aunque tengo que avisarte que la audiometría es una prueba subjetiva y no siempre tenemos resultados exactos cuando la realizamos, aunque si muy parecidos y todavía tienes un poco de margen en tu pérdida.
En todo caso, siempre podrías realizar el test auditivo de conducir con audífonos.
Espero que sea de ayuda.
Un saludo,
Víctor